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EEUU

EEUU ordena bloquear cuentas de emprendedores privados cubanos abiertas bajo autorización de 2024

OFAC revoca desde el 30 de septiembre el permiso que facilitaba operar cuentas en bancos de EEUU. Los fondos afectados requerirán licencia para desbloquearse

americateve | Redacción América Noticias Miami
Por Redacción América Noticias Miami

EEUU ordena bloquear cuentas de emprendedores privados cubanos abiertas bajo autorización de 2024

Estados Unidos endureció nuevamente sus sanciones financieras contra Cuba y ordenó que los bancos bajo jurisdicción estadounidense bloqueen las cuentas y fondos de emprendedores privados cubanos mantenidos al amparo de una autorización especial introducida en 2024.

La medida entra en vigor el 30 de septiembre de 2026 como parte de una modificación de las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos (CACR) administradas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro.

El cambio elimina la autorización adicional que había permitido a determinados emprendedores privados cubanos abrir cuentas en instituciones financieras estadounidenses, acceder a ellas remotamente desde Cuba o terceros países y efectuar transferencias vinculadas con actividades autorizadas.

Para liberar fondos que queden bloqueados bajo la nueva normativa será necesaria, salvo que resulte aplicable otra autorización, una licencia específica de OFAC.

EEUU revoca una autorización creada para emprendedores cubanos en 2024

El cambio afecta a la autorización contemplada en la sección 515.584(h)(2) de las regulaciones estadounidenses sobre Cuba.

Esa disposición había sido ampliada en mayo de 2024 para permitir que instituciones bancarias sujetas a jurisdicción estadounidense abrieran y mantuvieran cuentas exclusivamente a nombre de determinados ciudadanos cubanos considerados “independent private sector entrepreneurs”.

Hasta ahora, esas personas podían utilizar las cuentas para efectuar transacciones autorizadas o exentas de las sanciones estadounidenses.

La autorización permitía incluso acceder remotamente a la cuenta desde:

Cuba,

Estados Unidos

o un tercer país,

siempre que las operaciones realizadas estuvieran permitidas por las regulaciones.

¿Quiénes calificaban como emprendedores privados?

La definición estadounidense es más específica que simplemente ser propietario de una mipyme.

OFAC considera dentro de la categoría de “independent private sector entrepreneur”, bajo determinadas condiciones, a propietarios o empleados de pequeños negocios privados, trabajadores por cuenta propia, contratistas independientes, consultores, pequeños agricultores y determinadas cooperativas o empresas privadas cubanas.

Para algunas empresas y cooperativas, el límite establecido es de hasta 100 empleados.

También existen exclusiones relacionadas con determinados funcionarios gubernamentales y miembros prohibidos del Partido Comunista.

Los bancos deberán bloquear los fondos afectados

La consecuencia más importante para quienes utilizaban la autorización ahora eliminada es el tratamiento de las cuentas existentes.

Según la nueva regla descrita por OFAC, las instituciones financieras estadounidenses que mantengan cuentas exclusivamente bajo esa autorización deberán bloquear los fondos, salvo que exista otra licencia o autorización aplicable.

En el lenguaje de las sanciones estadounidenses, “bloquear” no significa que el Gobierno confisque automáticamente el dinero.

Los fondos quedan congelados en la institución financiera y no pueden utilizarse libremente.

OFAC explica que los bienes bloqueados permanecen en manos de las instituciones correspondientes, aunque su liberación requiere autorización de la agencia cuando no existe otra excepción aplicable.

Para recuperar el dinero podría ser necesaria una licencia específica

Los emprendedores cuyos fondos queden efectivamente bloqueados podrán necesitar solicitar una licencia específica de OFAC para conseguir su liberación.

El procedimiento normalmente requiere identificar la institución que presentó el reporte de bloqueo y proporcionar información detallada sobre:

los fondos afectados,

las personas involucradas,

la operación correspondiente

y documentación que respalde la solicitud.

Esto no garantiza automáticamente que OFAC apruebe el desbloqueo.

Cada solicitud queda sujeta al análisis de la agencia.

No significa que todos los cubanos pierdan sus cuentas en EEUU

Esta precisión es fundamental.

La nueva medida no equivale a ordenar el bloqueo indiscriminado de todas las cuentas bancarias pertenecientes a ciudadanos cubanos.

OFAC mantiene otras autorizaciones.

Por ejemplo, la sección 515.584(h)(1) permite a una institución bancaria estadounidense mantener una cuenta exclusivamente a nombre de un ciudadano cubano ubicado en Cuba para recibir determinados pagos en Estados Unidos derivados de transacciones autorizadas o exentas y posteriormente remitir esos fondos a Cuba.

El ejemplo utilizado por la propia OFAC es el de un escritor cubano residente en la isla que recibe en una cuenta estadounidense pagos por la venta autorizada de su libro.

También existen reglas distintas para cubanos presentes legalmente en EEUU

Las cuentas de determinados ciudadanos cubanos que se encuentran legalmente en Estados Unidos se rigen además por otras disposiciones.

OFAC mantiene una autorización que permite a instituciones financieras conservar cuentas de ciertos ciudadanos cubanos presentes en territorio estadounidense bajo estatus o autorizaciones migratorias no inmigrantes.

Aunque esas cuentas pueden permanecer abiertas cuando la persona sale del país, existen condiciones específicas respecto de cuándo pueden utilizarse.

Por tanto, la nueva regla no debe interpretarse como un congelamiento general de las cuentas bancarias de todos los cubanos en Estados Unidos.

Qué cambia realmente para los emprendedores privados

La diferencia está en la amplitud del permiso creado en 2024.

Hasta ahora, un emprendedor privado cubano elegible podía abrir una cuenta estadounidense y utilizarla para una gama más amplia de operaciones comerciales autorizadas.

OFAC puso como ejemplos:

recibir pagos por determinadas importaciones de bienes y servicios producidos por emprendedores cubanos independientes;

o

realizar pagos relacionados con exportaciones autorizadas desde Estados Unidos hacia Cuba.

La autorización también facilitaba transferencias remotas hacia Cuba cuando la operación subyacente estaba permitida.

Ese régimen adicional es el que ahora queda eliminado.

La autorización de 2024 buscaba fortalecer al sector privado

Cuando Washington amplió la regulación en mayo de 2024, explicó que buscaba facilitar operaciones del sector privado independiente cubano.

La reforma modificó la definición de emprendedor privado y autorizó el mantenimiento y uso de cuentas bancarias estadounidenses para realizar operaciones permitidas.

También recuperó las llamadas transacciones U-turn para facilitar remesas y pagos vinculados con actividades autorizadas del sector privado.

La decisión de 2026 revierte ahora una parte importante de aquella apertura.

Washington también elimina las transacciones U-turn

La nueva ofensiva financiera va más allá de las cuentas de los emprendedores.

Estados Unidos también elimina la autorización general para las denominadas transacciones U-turn relacionadas con Cuba.

Estas operaciones permitían que transferencias originadas y terminadas fuera de Estados Unidos atravesaran el sistema financiero estadounidense siempre que ni el originador ni el beneficiario fueran personas sujetas a jurisdicción estadounidense.

El mecanismo había sido restablecido en mayo de 2024 precisamente con el argumento de facilitar pagos y remesas relacionados con el sector privado cubano.

Su eliminación dificulta nuevamente el uso del sistema financiero estadounidense como intermediario en determinadas operaciones internacionales relacionadas con Cuba.

Más restricciones para operaciones indirectas

La modificación también endurece las reglas relacionadas con entidades cubanas sometidas a restricciones estadounidenses.

Washington busca limitar no solamente determinadas transacciones directas, sino también operaciones financieras indirectas que utilicen intermediarios para completar negocios prohibidos.

La administración Trump ha intensificado durante 2026 las sanciones contra sectores considerados estratégicos dentro de la economía cubana.

La Orden Ejecutiva 14404 creó además una autoridad separada para imponer sanciones contra determinadas personas vinculadas con sectores como energía, defensa, minería, servicios financieros y seguridad.

El giro llega mientras Cuba flexibiliza sus propias cuentas en divisas

La decisión estadounidense coincide paradójicamente con una apertura bancaria dentro de Cuba.

El Banco Central cubano ha flexibilizado recientemente determinadas reglas para que actores económicos no estatales puedan mantener cuentas en monedas extranjeras y utilizarlas para operaciones comerciales.

Las nuevas disposiciones cubanas buscan facilitar:

pagos internacionales,

transferencias,

operaciones cambiarias

y determinadas transacciones relacionadas con importaciones y actividad empresarial.

Mientras La Habana flexibiliza esas operaciones internamente, Washington vuelve a limitar el acceso de emprendedores cubanos al sistema bancario estadounidense.

Un nuevo giro en la estrategia de presión sobre Cuba

La medida representa una reversión especialmente significativa porque afecta una política diseñada expresamente para diferenciar al sector privado cubano de las estructuras estatales.

Durante años, Washington había defendido la necesidad de fortalecer a los emprendedores independientes mientras mantenía sanciones contra el Gobierno, las Fuerzas Armadas y empresas estatales.

La revocación del permiso bancario de 2024 reduce ahora una de las herramientas financieras disponibles para esos actores privados.

Sin embargo, el alcance debe describirse con precisión:

no se están bloqueando automáticamente todas las cuentas de todos los emprendedores cubanos ni todas las cuentas de ciudadanos cubanos en EEUU.

Lo que desaparece es una autorización específica que permitía a determinados emprendedores privados abrir, mantener y utilizar cuentas estadounidenses con mayor amplitud para operaciones autorizadas.

Para las cuentas que dependían exclusivamente de ese permiso, el cambio puede ser inmediato: los bancos deberán congelar los fondos y reportarlos a OFAC, y su posterior liberación podrá requerir una licencia específica de la agencia.

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Por Redacción América Noticias Miami

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