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Cubana de Aviación, condenada por transportar a una niña de Bolivia a Cuba sin permiso del padre

Por Diario de Cuba www.diariodecuba.com
Un juez boliviano ha condenado a la estatal Cubana de Aviación a pagar una multa por transportar a una pequeña de cuatro años desde Santa Cruz a La Habana sin el permiso de su padre y de las autoridades bolivianas, informa el diario español El País.

El juez Mario Gandarillas ha puesto punto final a un proceso de más de cinco años (2008-2014) con una sentencia que declara probada la demanda de responsabilidad civil contra Cubana de Aviación por el traslado de la pequeña Manuela del Carmen en un vuelo de cooperación humanitaria y no comercial, registrado el 27 de septiembre de 2006. El juez condena a la empresa demandada "al resarcimiento tanto del daño moral como económico".

Sin embargo, el fallo no termina con el drama que desde septiembre de 2006 vive el padre, Manuel Rodríguez, un boliviano-español de 66 años, quién se ha visto privado de todo contacto con su hija pese a un sinnúmero de gestiones directas: con la madre y sus familiares, con diplomáticos bolivianos, españoles y cubanos, contactos políticos, peticiones judiciales, mediación de la Iglesia Católica y denuncias ante los medios de comunicación.

"Nada ni nadie me va devolver los años perdidos sin Manuelita. Tampoco ella va a recobrar nada; ha tenido que crecer sin mi cariño, sin mi apoyo emocional y económico también", dijo Rodríguez en la agencia de viajes que gestiona en la ciudad de Cochabamba.

Desde que la madre y la niña desaparecieron de su casa, Rodríguez ha dedicado gran parte de su tiempo a encontrar el paradero de la menor y a investigar y reunir documentación a fin de demostrar el traslado ilegal.

El vuelo que llevó a la menor de Santa Cruz a La Habana en 2006 no tenía el permiso legal de las autoridades bolivianas para operar con pasajeros ajenos al programa, pues se trataba de un vuelo de cooperación humanitaria internacional destinado al transporte de medicamentos cubanos y personal cubano.

Las autoridades de Migración del aeropuerto de Santa Cruz no registraron la salida de la niña, indica la sentencia judicial. Las aerolíneas comerciales autorizadas a operar en Bolivia están obligadas por ley a requerir la autorización de viaje de menores firmada por un juez, en caso de no estar acompañados por ambos padres.

Rodríguez ha presentado ante el juez los extractos del flujo de llamadas telefónicas entrantes y salientes a la Embajada de Cuba ?encargada entonces de planificar los vuelos de cooperación? y el manifiesto de pasajeros del vuelo 9333, que confirma el traslado desde Santa Cruz a La Habana de la niña, de su madre, la médico Ivette Velaz Saba, de la abuela y del entonces embajador de Cuba en Bolivia, Rafael Dauzá Céspedes y su esposa.

"Fue el propio embajador quien condujo la operación de traslado de mi hija", dijo Rodríguez, que acudió a los tribunales de justicia para pedir la restitución de la menor a su tutela, concedida por una juez de familia en el juicio de divorcio.

La apoderada legal de Cubana de Aviación en Cochabamba, Minerva E. Bilbao, negó conocer la sentencia.

En el proceso judicial, la empresa aérea cubana rechazó la denuncia; aseguró que el viaje se originó en un contrato de transporte aéreo adquirido por la señora Velaz Saba y afirmó que constató que los pasajeros cumplieron con los requisitos de las autoridades migratorias del aeropuerto de Viru Viru.

"Estas personas contaban con la documentación requerida para viajar hacia Cuba, de acuerdo a la normativa cubana", dijo la empresa, según El País.

La sentencia judicial se completará en las próximas semanas, con la definición de los daños económicos que deberá pagar Cubana de Aviación al demandante Manuel Rodríguez.
Por Diario de Cuba www.diariodecuba.com

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