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A pedido de sindicatos, justicia argentina frena parcialmente reforma laboral de Milei

BUENOS AIRES (AP) — En un golpe al impulso reformista del presidente ultraliberal Javier Milei, la justicia argentina suspendió el lunes provisoriamente la aplicación de más de 80 artículos de la nueva ley laboral que apuntaban a bajar los costos laborales y limitar el histórico poder de los sindicatos.

“Hay derechos humanos comprometidos, habrá responsabilidades patrimoniales e institucionales en debate. Millones de contratos vigentes esperan definiciones sobre la aplicación temporal de la ley y certidumbre sobre su contenido”, sostuvo el magistrado en un fallo al que tuvo acceso The Associated Press.

“Una medida urgente, cautelar, va a derivar en mayor seguridad jurídica para todas las personas e instituciones involucradas, aplicando la norma una vez que haya superado el test de constitucionalidad y convencionalidad que aquí peticiona la actora (la CGT)”, argumentó Ojeda.

La resolución, que en principio rige hasta tanto la justicia se pronuncie sobre la cuestión de fondo, podrá ser apelada por el gobierno.

Milei consideraba crucial la reforma de la legislación laboral argentina, de más de medio siglo de antigüedad, para sus esfuerzos por atraer inversión extranjera, aumentar la productividad e impulsar la creación de empleo en un país donde aproximadamente dos de cada cinco trabajadores tienen un empleo informal.

Los gremios, que hasta aquí habían frustrado los intentos previos de sucesivos gobiernos por reformar el código laboral argentino, argumentan que la reforma es inconstitucional porque avanza sobre derechos consagrados.

El juez Ojeda suspendió la nueva base de cálculo de las indemnizaciones, tradicionalmente elevadas, que excluía pagos no mensuales como el aguinaldo, vacaciones y horas extras. También el llamado Fondo de Asistencia Laboral, creado para que los empleadores financien futuras desvinculaciones de personal con una contribución de entre 1% y 3%, dependiendo la empresa, sobre los salarios.

El fallo del juez incluyó los artículos que apuntaban a limitar el poder de los sindicatos, como aquellos que ampliaban a más actividades la calificación de esencial —lo cual obligaba a los gremios a ofrecer servicios mínimos en caso de huelga—, limitaban la realización de asambleas y endurecían las sanciones contra el accionar de los sindicalistas.

El gobierno no se pronunció sobre el fallo de Ojeda.

FUENTE: AP

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