Un vistazo comparativo del nuevo decreto respecto al previo:
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EXTRANJEROS CON INGRESO PROHIBIDO
Decreto previo: Prohibición de tres meses al ingreso de ciudadanos de siete naciones mayoritariamente musulmanas, incluyendo a aquellos que tuvieran visa pero que estaban fuera de Estados Unidos cuando se firmó la prohibición.
Decreto nuevo: Prohibición de tres meses al otorgamiento de visas nuevas a ciudadanos de seis países predominantemente musulmanes —se levantó la prohibición a ciudadanos iraquíes— y excepciones para ciudadanos de las seis naciones: Somalia, Irán, Siria, Sudan, Libia y Yemen. Los ciudadanos de esos países que tengan visa válida serán admitidos en Estados Unidos.
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SIRIOS
Decreto previo: Se prohíbe indefinidamente la entrada a Estados Unidos a visitantes, inmigrantes y refugiados sirios.
Decreto nuevo: Los sirios serán tratados de la misma manera que los ciudadanos de los otros cinco países señalados en la orden ejecutiva.
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REFUGIADOS
Decreto previo: Suspensión de cuatro meses al ingreso de refugiados a Estados Unidos.
Decreto nuevo: La prohibición a refugiados se mantiene, aunque se permitirá el ingreso a las personas que ya habían sido aprobadas y que se dirigen a Estados Unidos.
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VIGENCIA DE LA ORDEN EJECUTIVA
Decreto previo: La orden ejecutiva del 27 de enero entró en vigor de inmediato, lo que ocasionó caos y pánico en aeropuertos mientras el Departamento de Seguridad Nacional batallaba para descifrar a quién cubría la orden y cómo sería implementada.
Decreto nuevo: La nueva orden, la cual fue firmada el lunes, entrará en vigor hasta el 16 de marzo. Además revoca el edicto previo.
FUENTE: Associated Press