La ley vigente en el país andino permite que una persona modifique su género en la cédula de identidad a partir de los 18 años, cuando la Constitución reconoce la mayoría de edad.
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Ecuador da luz verde al reconocimiento de identidad de género de los adolescentes
QUITO (AP) — La comunidad trans en Ecuador celebró el jueves un fallo constitucional que dio luz verde a los adolescentes que quieran cambiar su género en el documento de identidad, aunque considera que los requisitos establecidos podrían limitar el acceso a ese derecho. Mientras grupos religiosos defensores de la familia reprocharon la decisión.
Con el dictamen de la Corte Constitucional, divulgado el jueves, se abre la puerta para que los menores puedan adoptar por el cambio siempre que cuenten con el acompañamiento de los representantes legales y que se respalde con “informes psicosociales”, que acrediten que el solicitante cuenta “con suficiente madurez para adoptar decisiones libres, informadas y voluntarias”.
“Esta sentencia se convierte en un acto histórico para la comunidad trans en el país”, declaró a The Associated Press la directora de la Asociación Silueta X, Diane Rodríguez, quien destacó que la conquista se suma a la de cambio de nombres en la cédula de ciudadanía y al derecho a cambio de género opcional, así como de sexo en personas adultas. “Se ha sembrado el cimiento para la autonomía de los menores de edad”, acotó.
Sin dejar de celebrar lo que considera un logro, Rodríguez señaló que la sentencia tiene dos elementos restrictivos. “Muchas personas trans no son apoyadas por sus padres, menos aún en la adolescencia”, a lo que se suma que realizar un informe psicosocial “tarda mucho tiempo y requiere recursos” económicos.
Desde la otra orilla, Dany Díaz, miembro del Grupo Católico Mariano en defensa de los valores de la familia, cuestionó la decisión al considerar que los adolescentes “que aún no pueden atender ni sus necesidades básicas fundamentales tengan la madurez para tomar una decisión de ese tipo”.
"En Ecuador caminamoos para atrás porque las evidencias científicas ha demostrado que la confusión sobre la sexualidad hay que considerarla como disforia de género”, la cual ha provocado suicidios, en cuyo caso “lo que requieren es ayuda”, señaló Díaz.
La Corte Constitucional emitió el fallo tras una consulta de constitucionalidad realizada por los padres de un adolescente de 15 años al que el Registro Civil le negó el pedido de modificación de identidad de género en su documento de identidad.
Los progenitores reclamaron que la decisión de esa institución estatal afectó los derechos al libre desarrollo de la personalidad y a la identidad de su hijo, al desconocer “la capacidad de las y los adolescentes de ejercer de forma progresiva sus derechos”.
Ante ello el alto tribunal observó que la aplicación de la normativa que establece el requisito de mayoría de edad para rectificación de la identidad de género en los documentos “es inconstitucional” cuando un adolescente cumple con los requisitos mencionados.
La organización de defensa de derechos humanos, Human Rights Watch, aseveró el jueves en un comunicado que el dictamen “supone una importante victoria para los derechos de los jóvenes trans”.
“La protección constitucional no puede basarse en supuestos rígidos sobre la edad que ignoran las realidades vividas por los adolescentes, sus capacidades en evolución y su derecho a ser escuchados”, apuntó.
FUENTE: AP
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