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Cuba

Cuba amanece con precios 'topados'

El gobierno ha anunciado el establecimiento de precios máximos a varios productos agrícolas "de alta demanda"

A HABANA, Cuba.- Mediante nota oficial del Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba, y probablemente producto del descontento popular por los altos precios en los mercados, se ha hecho público en los medios oficiales el nuevo listado de precios máximos establecidos para un grupo de productos agropecuarios básicos y de alta demanda.

Las medidas, bajo las resoluciones 157-C y 162 del ministerio antes mencionado, ya han sido publicadas en la Gaceta Oficial de la República y tienen vigor a partir del día de hoy 3 de mayo del 2016.

Según aclara la nota de prensa, los nuevos precios fueron producto de las discusiones establecidas por el Ministerio de Agricultura con los "productores, comercializadores y el sistema empresarial", además estos corresponden a los productos de primera calidad, a los de segunda y tercera categoría se les aplicará un descuento de un 20% y un 40% respectivamente.

La nueva normativa exceptúa del uso de estos precios a los trabajadores por cuenta propia con la autorización para ejercer esta actividad en la provincia de La Habana, y a los mercados de Oferta y Demanda en todo el país. El resto de los mercados agropecuarios están obligados a acatar la nueva resolución.

Asegura el órgano rector que los precios tienen en consideración las épocas de cada cultivo, la óptima, donde los rendimientos son superiores, y fuera de esta, donde disminuyen.

En los mercados las personas comienzan a mostrarse contentas con la medida, ya que "alivia de alguna manera el bolsillo", sin embargo, algunos vendedores afirman que se creará un alza en los precios de estos mismos productos en el mercado negro y aumentará la escasez en los mercados estatales.

A continuación reproducimos la nota de forma íntegra:

Medidas para el ordenamiento de la comercialización de productos agrícolas

En el Informe Central al 7mo. Congreso del Partido, al abordar el comportamiento de los precios de los productos agropecuarios, se plantea: "Aunque comprendemos que el factor primordial en el crecimiento de los precios reside en un nivel de producción que no satisface la demanda y que el avance en esta materia está condicionado por factores objetivos y subjetivos, no podemos quedarnos con los brazos cruzados ante la irritación de los ciudadanos por el manejo inescrupuloso de los precios por parte de intermediarios que solo piensan en ganar cada vez más".

En tal sentido, en correspondencia además con la información brindada a nuestro pueblo el pasado 22 de abril y dando continuidad al conjunto de medidas encaminadas, entre otros propósitos, a aumentar de manera gradual la capacidad de compra del peso cubano, se ha adoptado un conjunto de acciones para incrementar el acopio de productos agropecuarios de alta demanda y su comercialización a la población a precios máximos establecidos.

Ello constituye una protección al consumidor y a los productores agropecuarios, pues asegura estabilidad en los niveles de precios.

Previo a estas decisiones, el Ministerio de la Agricultura desplegó un proceso de discusión con los productores, comercializadores y el sistema empresarial.

Estas medidas surten efecto a partir de este martes 3 de mayo, para lo cual se han publicado en la Gaceta Oficial de la República de Cuba las Resoluciones 157-C y 162 del 2016, del Ministerio de Finanzas y Precios, que establecen entre otros aspectos:

1. Precios máximos de venta a la población de productos agrícolas seleccionados.

2. Los precios máximos se corresponden con los productos de primera calidad, de acuerdo con las regulaciones vigentes. A los de segunda se les aplica un descuento del 20 % y a los de tercera un 40 %.

3. Los precios tienen en consideración las épocas de cada cultivo: la óptima, donde los rendimientos son superiores; y fuera de esta, en que disminuyen.

4. Estos precios se establecen para todos los tipos de mer­cados agropecuarios, excepto los de Oferta y De­manda, y en el caso de la provincia de La Habana además para los Trabajadores por Cuenta Propia autorizados a ejercer esta actividad.

5. De manera excepcional podrán mantenerse algunos mercados agropecuarios donde a la calidad del producto se le reconoce un valor agregado en su oferta.

6. Para el resto de los productos agrícolas que se acopian por empresas estatales, con precios no centralizados, se fijan márgenes comerciales que no excedan el 40%, lo cual favorece que no se incrementen excesivamente los precios a la población.

FUENTE: cubanet.com

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